|

| |
|
La
Policía Local, en su ánimo de velar por la Seguridad del
tráfico en el municipio de Barakaldo, establece con
regularidad semanal, controles de Alcoholemia
preventivos. Estos no solo sirven para denunciar a
aquellos conductores que circulan bajo la influencia de
bebidas alcohólicas, sino que además advierten, informan
y conciencian a los usuarios de vehículos a motor de la
importancia de la seguridad vial. Los mismos se
establecen aleatoriamente tanto en fecha y hora como en
lugar, tanto en el casco urbano, como en la red de
carreteras perimetrales, de tal modo que se pueda de
este modo, prevenir tal conducta en todas las zonas de
nuestra ciudad a cualquier hora y día.
|
|
Sanciones por
Alcoholemia
Conducir
un vehículo habiendo ingerido previamente alcohol
puede dar lugar, o bien a una sanción administrativa
que podrá imponerse tras la tramitación del
correspondiente expediente sancionador si se prueba
que se rebasaban las tasas establecidas legalmente, o
bien a una sentencia condenatoria penal por delito
contra la seguridad del tráfico, si finalmente se
acredita que se conducía con las facultades psico-físicas
significativamente mermadas como consecuencia de
aquella ingestión de alcohol, lo que ha de tener lugar
en un procedimiento judicial penal.
En
segundo lugar, conviene hacer mención de que el hecho
de conducir con una tasa de alcohol superior a la
reglamentariamente permitida puede ser sancionado
administrativamente con multas de hasta
600 €., a las que pueden ir
aparejadas una retirada de permiso de conducir de
entre 1 y 3 meses. Por lo que respecta a las penas que
se pueden imponer en un procedimiento penal por los
mismos hechos, éstas pueden ser de retirada del
permiso de entre 1 y 4 años juntamente con una multa
que suele ser más cuantiosa que la impuesta en vía
administrativa, siempre en función de la capacidad
económica del sujeto.
Es
preciso destacar que existe obligación, por
parte de los conductores, de someterse a las
pruebas para la detección de las posibles
intoxicaciones etílicas en casos de accidente de
circulación, infracción del Reglamento de la
Circulación, síntomas evidentes de haber ingerido
alcohol o control preventivo de alcoholemia.
Son
importantes las consecuencias de la negativa a
someterse a la realización de las pruebas de
alcoholemia, pues si bien anteriormente esta negativa
venía constituyendo una infracción administrativa, hoy
día, el art. 380 del Código Penal castiga como
delito de desobediencia grave el hecho de negarse
a someterse a las pruebas de alcoholemia, delito de
desobediencia que está castigado con penas de 6 meses
a 1 año de prisión.
Por
lo anterior, aconsejamos no negarse a realizar
dichas pruebas, a pesar de que se sospeche que el
resultado será positivo, pues de hacerlo, dicha
negativa dará lugar a que, como indicábamos en al
párrafo anterior, posteriormente se inicie un
procedimiento penal por presunto delito de
desobediencia grave, y muy posiblemente, también dicho
procedimiento se seguirá por presunto delito
contra la seguridad del tráfico al conducir bajo la
influencia del alcohol, si existen síntomas evidentes.
Si
tras la primera prueba, el resultado es positivo, el
conductor tiene derecho a realizar una segunda prueba,
debiendo mediar entre una y otra un lapso mínimo de 10
minutos, siendo necesario que los agentes también le
informen que tiene derecho a contrastar los resultados
positivos mediante análisis de sangre o análogos (por
ej. orina), así como a formular cuantas alegaciones y
observaciones tenga por conveniente.
Es
aconsejable que si se observa alguna anomalía o
irregular funcionamiento del aparato (error al
imprimir los tickets, no se refleja el resultado a
pesar de soplar correctamente, la hora del ticket no
coincide con la real, etc.), el propio conductor exija
y solicite a los agentes que se haga constar tal
anomalía. De la misma forma, si se está acompañado de
alguien, conviene que ello se haga constar en el
atestado y que figuren sus datos personales.
Es
preciso también hacer constar en ese momento, para el
caso de que se hayan tomado fármacos o medicamentos
con motivo de alguna enfermedad, el nombre de los
mismos así como la hora aproximada en que se tomaron,
puesto que algunos medicamentos, por su composición,
pueden alterar el resultado de la prueba. Tampoco
conviene fumar antes de la prueba, o en el intervalo
entre la primera y la segunda de las pruebas ya que el
humo del tabaco en el aliento puede dañar el sistema
de medida de los aparatos.
Como
tanto el hecho de dar resultado positivo en estas
pruebas de alcoholemia, como el hecho de negarse a
realizarlas, implica que el Agente pueda proceder a la
inmediata inmovilización del vehículo (que en la
mayoría de los casos será retirado por la grúa), ha de
tenerse en cuenta que cualquier otra persona que se
encuentre en condiciones (que no rebase la tasa) puede
hacerse cargo del vehículo, por lo que si viaja con
algún o algunos acompañantes, tiene la oportunidad de
solicitar a los agentes que uno de sus acompañantes
realice también las pruebas para que, en caso de no
rebasar la tasa reglamentaria, pueda él conducir y
llevarse el vehículo evitando el posterior pago de la
tasa por el traslado de la grúa.
Si
fuera detenido y trasladado a Comisaría, e invitado
por los agentes a prestar declaración, debe saber que
tiene, entre otros, derecho a no declarar o a declarar
sólo ante la autoridad judicial.
Por
último, no podemos dejar pasar la ocasión de recordar
que la ingestión de alcohol por encima de los limites
permitidos, es uno de los factores constatados como
más peligrosos para la circulación vial por el riesgo
de accidente que entraña, con lo que habremos de
insistir en que con el fin de lograr una mayor
seguridad para todos, debe siempre evitarse el consumo
de alcohol cuando se es consciente de que ha de
ponerse al volante de un vehículo.
|
Subir
Tasas
de alcohol permitidas en Europa

|
País |
Tasa de alcoholemia
mgr/litro
de aire expirado |
Sanciones |
|
ALEMANIA |
0,25
|
Hasta 0,8 gramos, retirada carnet y sanción. |
|
AUSTRIA |
0,25
|
3.500 € máximo. |
|
BÉLGICA |
0,25
|
1.500 € máximo. |
|
DINAMARCA |
0,4
|
11.000 coronas danesas, mínimo |
|
ESPAÑA |
0,25
La tasa
permitida se reduce a 0,15
para conductores de vehículos de PMA superior a
3,5 Tm., Transportes Especiales y Mercancías
Peligrosas
|
Retirada de carnet y sanción. |
|
FRANCIA |
0,25
|
4.800 € máximo. |
|
GRAN BRETAÑA |
0,4
|
De
300 a 2.500 libras esterlinas |
|
GRECIA |
0,25
|
60.000 € mínimo. |
|
HOLANDA |
0,25
|
90
€ mínimo |
|
HUNGRÍA |
0,0
|
Hasta 0,4 gramos, multa o
retirada del carnet de conducir.
Superior a esa cantidad, posible cárcel. |
|
IRLANDA |
0,25
|
1.100 libras irlandesas, máximo |
|
ITALIA |
0,4
|
Hasta 350 €. |
|
LUXEMBURGO |
0,4
|
Hasta 125 €. |
|
NORUEGA |
0,25
|
Multa variable y posible cárcel |
|
PORTUGAL |
0,1
|
120 € hasta 3 años de
prisión. |
|
SUECIA |
0,1
|
De
1,33 a 4 meses de nómina y cárcel de seis meses
a un año |
|
SUIZA |
0,4
|
2.000 francos suizos, máximo |
|
Subir
Diez consejos clave ante una prueba de alcoholemia
Todo
el mundo conoce la incompatibilidad entre la
conducción y el alcohol, los riesgos y los dramas
que la mezcla puede entrañar, lo que no quita que
cualquier día nos veamos sorprendidos por un control
de alcoholemia, situación en la que conviene estar
informados. La Policia Local de
Barakaldo le propone 10 consejos para saber
actuar, ante el requerimiento de un agente, para
someterse a una prueba de alcoholemia:
-
Si le detienen los agentes de la autoridad, no se
niegue a realizar la prueba de alcoholemia y menos
aún intentar escapar. El artículo 380 del Código
Penal lo castiga como delito de desobediencia
grave.
-
No intente engañar o convencer al agente de que
usted no ha bebido; si tiene síntomas evidentes de
haber ingerido alcohol, con ello sólo empeorará la
situación.
-
Si tras una primera prueba usted da positivo,
tiene derecho a realizar una segunda. Además tiene
derecho a contrastar los resultados mediante
análisis de sangre o análogos.
-
No fume antes de la prueba, ni entre la primera y
la segunda, porque por su composición, el humo o
el mismo aliento pueden alterar los resultados.
-
Si está tomando algún medicamento o fármacos
hágalo saber.
-
Haga constar cualquier anomalía que observe en la
realización de la prueba o en el funcionamiento
del aparato, así como si va acompañado, para que
se recoja en el atestado.
-
Si alguien viaja con usted y no ha bebido alcohol,
puede someterse a la prueba para hacerse cargo del
vehículo.
-
Los agentes pueden inmovilizar y retirar el
vehículo por medio de una grúa y, en el peor de
los casos, detenerle y trasladarle a dependencias
policiales, siempre que el resultado fuera
positivo.
-
A Usted le asiste el derecho a no declarar. No
obstante, si decide hacerlo, hágalo en presencia
de un letrado, porque el velará para que todo se
realice con las debidas garantías.
-
Y, sobre todo, no beba nunca si piensa conducir.
La ingestión de alcohol por encima de los límites
es uno de los factores más peligrosos para la
circulación, por el riesgo de accidentes que
entraña.
|
Subir
|