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ALCOHOLEMIA

 

 

La Policía Local, en su ánimo de velar por la Seguridad del tráfico en el municipio de Barakaldo, establece con regularidad semanal, controles de Alcoholemia preventivos. Estos no solo sirven para denunciar a aquellos conductores que circulan bajo la influencia de bebidas alcohólicas, sino que además advierten, informan y conciencian a los usuarios de vehículos a motor de la importancia de la seguridad vial. Los mismos se establecen aleatoriamente tanto en fecha y hora como en lugar, tanto en el casco urbano, como en la red de carreteras perimetrales, de tal modo que se pueda de este modo, prevenir tal conducta en todas las zonas de nuestra ciudad a cualquier hora y día.

 

 

 

 

 

 

 

Sanciones por Alcoholemia

 

Tasas de Alcoholemia Europeas

 

Diez consejos ante una prueba de Alcoholemia

 

 

 

 

 

 

 

Sanciones por Alcoholemia

Conducir un vehículo habiendo ingerido previamente alcohol puede dar lugar, o bien a una sanción administrativa que podrá imponerse tras la tramitación del correspondiente expediente sancionador si se prueba que se rebasaban las tasas establecidas legalmente, o bien a una sentencia condenatoria penal por delito contra la seguridad del tráfico, si finalmente se acredita que se conducía con las facultades psico-físicas significativamente mermadas como consecuencia de aquella ingestión de alcohol, lo que ha de tener lugar en un procedimiento judicial penal.

En segundo lugar, conviene hacer mención de que el hecho de conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente permitida puede ser sancionado administrativamente con multas de hasta 600 €., a las que pueden ir aparejadas una retirada de permiso de conducir de entre 1 y 3 meses. Por lo que respecta a las penas que se pueden imponer en un procedimiento penal por los mismos hechos, éstas pueden ser de retirada del permiso de entre 1 y 4 años juntamente con una multa que suele ser más cuantiosa que la impuesta en vía administrativa, siempre en función de la capacidad económica del sujeto.

Es preciso destacar que existe obligación, por parte de los conductores, de someterse a las pruebas para la detección de las posibles intoxicaciones etílicas en casos de accidente de circulación, infracción del Reglamento de la Circulación, síntomas evidentes de haber ingerido alcohol o control preventivo de alcoholemia.

Son importantes las consecuencias de la negativa a someterse a la realización de las pruebas de alcoholemia, pues si bien anteriormente esta negativa venía constituyendo una infracción administrativa, hoy día, el art. 380 del Código Penal castiga como delito de desobediencia grave el hecho de negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia, delito de desobediencia que está castigado con penas de 6 meses a 1 año de prisión.

Por lo anterior, aconsejamos no negarse a realizar dichas pruebas, a pesar de que se sospeche que el resultado será positivo, pues de hacerlo, dicha negativa dará lugar a que, como indicábamos en al párrafo anterior, posteriormente se inicie un procedimiento penal por presunto delito de desobediencia grave, y muy posiblemente, también dicho procedimiento se seguirá por presunto delito contra la seguridad del tráfico al conducir bajo la influencia del alcohol, si existen síntomas evidentes.

Si tras la primera prueba, el resultado es positivo, el conductor tiene derecho a realizar una segunda prueba, debiendo mediar entre una y otra un lapso mínimo de 10 minutos, siendo necesario que los agentes también le informen que tiene derecho a contrastar los resultados positivos mediante análisis de sangre o análogos (por ej. orina), así como a formular cuantas alegaciones y observaciones tenga por conveniente.

Es aconsejable que si se observa alguna anomalía o irregular funcionamiento del aparato (error al imprimir los tickets, no se refleja el resultado a pesar de soplar correctamente, la hora del ticket no coincide con la real, etc.), el propio conductor exija y solicite a los agentes que se haga constar tal anomalía. De la misma forma, si se está acompañado de alguien, conviene que ello se haga constar en el atestado y que figuren sus datos personales.

Es preciso también hacer constar en ese momento, para el caso de que se hayan tomado fármacos o medicamentos con motivo de alguna enfermedad, el nombre de los mismos así como la hora aproximada en que se tomaron, puesto que algunos medicamentos, por su composición, pueden alterar el resultado de la prueba. Tampoco conviene fumar antes de la prueba, o en el intervalo entre la primera y la segunda de las pruebas ya que el humo del tabaco en el aliento puede dañar el sistema de medida de los aparatos.

Como tanto el hecho de dar resultado positivo en estas pruebas de alcoholemia, como el hecho de negarse a realizarlas, implica que el Agente pueda proceder a la inmediata inmovilización del vehículo (que en la mayoría de los casos será retirado por la grúa), ha de tenerse en cuenta que cualquier otra persona que se encuentre en condiciones (que no rebase la tasa) puede hacerse cargo del vehículo, por lo que si viaja con algún o algunos acompañantes, tiene la oportunidad de solicitar a los agentes que uno de sus acompañantes realice también las pruebas para que, en caso de no rebasar la tasa reglamentaria, pueda él conducir y llevarse el vehículo evitando el posterior pago de la tasa por el traslado de la grúa.

Si fuera detenido y trasladado a Comisaría, e invitado por los agentes a prestar declaración, debe saber que tiene, entre otros, derecho a no declarar o a declarar sólo ante la autoridad judicial.

Por último, no podemos dejar pasar la ocasión de recordar que la ingestión de alcohol por encima de los limites permitidos, es uno de los factores constatados como más peligrosos para la circulación vial por el riesgo de accidente que entraña, con lo que habremos de insistir en que con el fin de lograr una mayor seguridad para todos, debe siempre evitarse el consumo de alcohol cuando se es consciente de que ha de ponerse al volante de un vehículo.

 

 

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Tasas de alcohol permitidas en Europa

País Tasa de alcoholemia
mgr/litro de  aire expirado
Sanciones
ALEMANIA

0,25

Hasta 0,8 gramos, retirada carnet y sanción.
AUSTRIA

0,25

3.500 máximo.
BÉLGICA

0,25

1.500 máximo.
DINAMARCA

0,4

11.000 coronas danesas, mínimo
ESPAÑA

0,25

La tasa permitida se reduce a 0,15 para conductores de vehículos de PMA superior a 3,5 Tm., Transportes Especiales y Mercancías Peligrosas

Retirada de carnet y sanción.
FRANCIA

0,25

4.800 máximo.
GRAN BRETAÑA

0,4

De 300 a 2.500 libras esterlinas
GRECIA

0,25

60.000 mínimo.
HOLANDA

0,25

90 mínimo
HUNGRÍA

0,0

Hasta 0,4 gramos, multa o retirada del carnet de conducir.
Superior a esa cantidad, posible cárcel.
IRLANDA

0,25

1.100 libras irlandesas, máximo
ITALIA

0,4

Hasta 350 .
LUXEMBURGO

0,4

Hasta 125 .
NORUEGA

0,25

Multa variable y posible cárcel
PORTUGAL

0,1

120 hasta 3 años de prisión.
SUECIA

0,1

De 1,33 a 4 meses de nómina y cárcel de seis meses a un año
SUIZA

0,4

2.000 francos suizos, máximo
 

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Diez consejos clave ante una prueba de alcoholemia

Todo el mundo conoce la incompatibilidad entre la conducción y el alcohol, los riesgos y los dramas que la mezcla puede entrañar, lo que no quita que cualquier día nos veamos sorprendidos por un control de alcoholemia, situación en la que conviene estar informados. La Policia Local de Barakaldo le propone 10 consejos para saber actuar, ante el requerimiento de un agente, para someterse a una prueba de alcoholemia:
  1. Si le detienen los agentes de la autoridad, no se niegue a realizar la prueba de alcoholemia y menos aún intentar escapar. El artículo 380 del Código Penal lo castiga como delito de desobediencia grave.

     
  2. No intente engañar o convencer al agente de que usted no ha bebido; si tiene síntomas evidentes de haber ingerido alcohol, con ello sólo empeorará la situación.

     
  3. Si tras una primera prueba usted da positivo, tiene derecho a realizar una segunda. Además tiene derecho a contrastar los resultados mediante análisis de sangre o análogos.

     
  4. No fume antes de la prueba, ni entre la primera y la segunda, porque por su composición, el humo o el mismo aliento pueden alterar los resultados.

     
  5. Si está tomando algún medicamento o fármacos hágalo saber.

     
  6. Haga constar cualquier anomalía que observe en la realización de la prueba o en el funcionamiento del aparato, así como si va acompañado, para que se recoja en el atestado.

     
  7. Si alguien viaja con usted y no ha bebido alcohol, puede someterse a la prueba para hacerse cargo del vehículo.

     
  8. Los agentes pueden inmovilizar y retirar el vehículo por medio de una grúa y, en el peor de los casos, detenerle y trasladarle a dependencias policiales, siempre que el resultado fuera positivo.

     
  9. A Usted le asiste el derecho a no declarar. No obstante, si decide hacerlo, hágalo en presencia de un letrado, porque el velará para que todo se realice con las debidas garantías.

     
  10. Y, sobre todo, no beba nunca si piensa conducir. La ingestión de alcohol por encima de los límites es uno de los factores más peligrosos para la circulación, por el riesgo de accidentes que entraña.

     

 

 

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Policía Local Barakaldo 2.004